La Suprema Corte de Justicia de la Nación proyecta dar un revés al ex líder del Cártel de Guadalajara, Rafael Caro Quintero.
El capo solicitó un amparo contra la extradición a Estados Unidos, pero el proyecto de sentencia elaborado por el Ministro, Arturo Saldívar Lelo de Larrea, propone negarlo.
Saldívar Lelo de Larrea elaboró el proyecto de sentencia que revocó el auto de libertad de Caro Quintero y la de un amparo contra la sentencia de 40 años de prisión y la orden de extradición, ambos en 2015.
El amparo que discutirán los ministros ya había sido negado por un Juez de Distrito y la defensa solicitó una revisión en un Tribunal Colegiado que declinó su competencia y la turnó a la Suprema Corte de Justicia para su resolución.
El caso fue enlistado para la sesión de la Primera Sala del martes pasado y se decidió posponer el análisis y discusión.
Caro Quintero pidió el amparo contra la extradición solicitada por el Gobierno de Estados Unidos el 10 de agosto de 2013.
En la demanda de amparo señala que la orden de detención con fines de extradición es inconstitucional, ya que la Constitución solo contempla las detenciones con orden de aprehensión, orden de caso urgente y la flagrancia.
“Cualquier otra forma de detención o de aprehensión, atenta contra la libertad personal del gobernado… En ninguna parte de la Constitución se contemplala figura de la detención provisional con esa temeraria duración de sesenta días”, indica el documento.
El ministro ponente consideró que la detención con fines de extradición no es inconstitucional, pues constituye un supuesto a la restricción de la libertad personal adicional a las hipótesis previstas en la Ley fundamental.
De acuerdo con el proyecto, la detención no vulnera los derechos humanos de Caro Quintero.
“Esta Primera Sala estima que el argumento delinconforme, en el que sostiene que el Tratado de Extradición en cuestión contraviene lo dispuesto en los artículos 2.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como el artículo 2 de la Convención Americana, por no prever disposiciones de derecho interno tendientes a
garantizar los derechos y libertades fundamentales, deviene igualmenteinfundado”, establece el proyecto.
En la demanda de amparo, los abogados alegan también que de ser extraditado será juzgado dos veces por el mismo delito ya que en México ya purgó 28 años en prisión: “En su caso, él ya ha sido juzgado y absuelto por diversos tribunales del país, por lo que en su oportunidad deberá concedérsele la protección de la justicia federal que solicita (…) No es posible conceder la extradición cuandola persona reclamada haya sido sometida a proceso o haya sido juzgada y condenada o absuelta por el país requerido, por el mismodelito por el cual se solicita la extradición, como sucede en su caso”.
En el proyecto, el Ministro Saldívar señaló que solo se hizo el análisis de la constitucionalidad de los artículos impugnados.
“La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Rafael Caro Quintero en contra de los artículos 2, 17, 18 y 22 de la Ley de Extradición Internacional y los artículos 10, 11 y 19 del Tratado de Extradición entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América”, propone el ministro en el proyecto de sentencia.
Los alegatos sobre que ya fue juzgado en México y de ser extraditado será juzgado dos veces por el mismo delito, propone sean revisados por un Juez de Distrito.
El expediente de amparo será re turnado a otro magistrado para la elaboración de otro proyecto de sentencia y será enlistado para sesión en los próximos meses.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya dio un revés a Caro Quintero en 2015, cuando revocó la sentencia que lo puso en libertad y negó un amparo contra la extradición.
Caro Quintero estuvo preso durante 28 años por el homicidio del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar y del piloto Alfredo Zavala Alvear, en 1985.
El narcotraficante fue sentenciado a 40 años de cárcel y puesto en libertad el 9 agosto de 2013 luego de obtener un amparo.
Un día después, el gobierno de Estados Unidos solicitó la detención con fines de extradición y anunció una recompensa de 5 millones de dólares por información que lleve a la captura.
En enero de 2015, la Primera Sala revocó la sentencia emitida por el pleno del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en agosto de 2013 y por la que fue liberado.
Los magistrados declararon a Caro Quintero penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro y de homicidio calificado, y ordenaron a un Tribunal Colegiado ordenar la inmediata reaprehensión.
El Tribunal lo absolvió de los delitos de homicidio calificado, privación ilegal de la libertad de los trabajadores de los ranchos “El Búfalo”, “Los Juncos” y “Montesco”.
En noviembre del mismo año, la Primera Sala también negó un amparo contra la sentencia de 40 años.
Los magistrados negaron la protección y confirmaron la sentencia.
En la misma sesión, negaron un amparo contra la orden de detención con fines de extradición.
El ministro Arturo Saldívar fue quien elaboró el proyecto en el que se propuso revocar el auto de libertad y orden de reaprehensión y el proyecto con el que negaron el amparo contra la sentencia y la extradición.
A Caro Quintero le falta compurgar 11 años y siete meses en prisión y enfrentar un proceso penal en Estados Unidos, de ser detenido y extraditado.
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